Corte de Apelaciones de Santiago confirma liquidación tributaria

Corte de Apelaciones de Santiago confirma liquidación tributaria por insuficiencia probatoria en arrastre de pérdidas

La Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago rechazó, en fallo unánime, el recurso de apelación interpuesto por Inversiones Gala Limitada, y confirmó la sentencia del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana que mantuvo la liquidación emitida por el Servicio de Impuestos Internos (SII) en 2012. En consecuencia, la determinación del SII quedó firme, principalmente porque la contribuyente no acreditó con prueba externa suficiente el arrastre de pérdidas tributarias de 1982 y 1983 ni otras partidas deducidas.


Antecedentes del caso

  • Rol ICA Santiago N° 275-2024.
  • Sentencia de 10 de julio de 2025.
  • Redacción: Ministro Miguel Vázquez Plaza.
  • Materia: Validez del arrastre de pérdidas históricas y deducción de partidas específicas (corrección monetaria de pasivos, utilidades de sociedades fusionadas, gastos operacionales históricos).

Por lo tanto, el foco del litigio estuvo en la carga probatoria del contribuyente y en la suficiencia de la documentación respaldatoria.


Qué discutió la contribuyente

Inversiones Gala Ltda. alegó que las pérdidas de 1982 y 1983, junto con otras partidas, estaban debidamente respaldadas mediante:

  • Contabilidad interna (libros mayores, balances, registros históricos).
  • Balances auditados.
  • Informes periciales que ratificaban la información contable.

Sin embargo, la controversia surgió porque el SII sostuvo que la contabilidad, por sí sola, no basta cuando no existen documentos externos idóneos que acrediten la existencia real de los hechos económicos.


Carga de la prueba: artículo 21 del Código Tributario

De acuerdo con el artículo 21 del Código Tributario, la carga de probar la veracidad de las partidas que disminuyen la base imponible recae en el contribuyente. Esto incluye pérdidas tributarias arrastradas, gastos deducidos y ajustes de corrección monetaria. Así las cosas, cuando el contribuyente no acompaña documentos suficientes, el SII puede prescindir de las cifras declaradas y reliquidar.


Qué observó la Corte

La Corte revisó los antecedentes y coincidió con el criterio del tribunal de primera instancia. Entre otros puntos, señaló que la sociedad acompañó solo documentos contables internos, pero no presentó:

  • Contratos originales.
  • Facturas o documentos tributarios que acreditaran operaciones.
  • Cartolas bancarias o estados de pago.
  • Documentación que demostrara la existencia y exigibilidad de pasivos en moneda extranjera.

Además, faltó respaldo específico respecto de:

  • Servicios de publicidad y remuneraciones asociados a la operación de una tienda en Parque Arauco en los años cuestionados.
  • La efectiva generación de utilidades en las sociedades absorbidas Inversiones Triplevis S.A. y Triplesis S.A., y su correcta incorporación a la renta líquida imponible.

Requerimientos del SII y falta de respuesta eficaz

El expediente muestra que el SII requirió oportunamente antecedentes adicionales. No obstante, la contribuyente no aportó documentación externa suficiente, lo que debilitó su posición procesal. En consecuencia, el tribunal de alzada entendió que la carga probatoria no fue satisfecha.


Valoración de la prueba pericial y testimonial

La sentencia también analizó los informes periciales y la prueba testimonial acompañada. Sin embargo, ambos medios fueron calificados como insuficientes, ya que se limitaron a reiterar la misma información reflejada en la contabilidad interna, sin aportar evidencia externa objetiva que confirmara la realidad de las operaciones.


Decisión

Tras evaluar el conjunto de antecedentes, la Corte confirmó la sentencia apelada y mantuvo la liquidación del SII. De esta manera, reiteró el principio de que toda deducción —incluido el arrastre de pérdidas— debe demostrarse desde su origen con prueba eficaz, verificable y objetiva.


Enseñanzas prácticas para contribuyentes y asesores

A continuación, algunas recomendaciones derivadas del caso:

  1. Respalda históricamente las pérdidas: conserva carpetas documentales por año tributario (contratos, facturas, notas de crédito, respaldo cambiario, estados financieros auditados).
  2. Documenta fusiones y absorciones: archiva escrituras, estados de situación al momento de la fusión y conciliaciones de utilidades que se trasladan.
  3. Diferencia contabilidad vs. prueba: la contabilidad es necesaria, pero no siempre suficiente. Se requieren documentos externos verificables.
  4. Responde a requerimientos del SII a tiempo: cada solicitud ignorada debilita la defensa posterior.
  5. Prepara informes periciales robustos: que incorporen revisión documental independiente, no solo reproducción de libros contables.

Conclusión

El fallo Rol ICA Santiago N° 275-2024 (10 de julio de 2025) refuerza una regla clave del procedimiento tributario chileno: la carga de la prueba está del lado del contribuyente cuando pretende disminuir su base imponible. Por lo tanto, si quieres defender arrastres de pérdidas antiguas u otras deducciones complejas, debes contar con documentos externos que acrediten su origen, monto y continuidad.

📌 Fuente y más información en:
👉 Abogados Tributarios Chile
👉 Otras noticias sobre evasión fiscal

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