SII Moderniza el Procedimiento para Obtener RUT e Iniciar Actividades
Nueva resolución actualiza el proceso según la Ley N° 21.713
El Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la Resolución Exenta N° 77, con fecha 26 de junio de 2025, que actualiza el procedimiento general para obtener el Rol Único Tributario (RUT) y realizar el aviso de inicio de actividades. Esta actualización responde a los cambios establecidos por la Ley N° 21.713.
¿Quiénes deben inscribirse en el RUT?
Según los artículos 66 y 68 del Código Tributario, deben inscribirse en el RUT todas las personas o entidades que:
- Causen, puedan causar o retener impuestos.
- Inicien actividades susceptibles de generar rentas gravadas.
La declaración debe realizarse dentro de los 2 meses desde el inicio efectivo de operaciones.
Contribuyentes obligados a inscribirse
Deben obtener RUT:
- Personas jurídicas o entidades constituidas en Chile con actividades gravadas.
- Extranjeros sin residencia en Chile que realicen inversiones o reciban rentas de fuente chilena.
- Entidades extranjeras con establecimientos permanentes en el país.
Contribuyentes excluidos
No requieren una inscripción separada en el RUT:
- Personas naturales chilenas (su RUT se asocia automáticamente al RUN).
- Extranjeros con cédula de identidad chilena.
- Diplomáticos y turistas, salvo que inviertan en Chile.
Inscripción y Aviso de Inicio: 100% Digital
Uno de los principales cambios es la digitalización del proceso. Ahora, tanto la inscripción en el RUT como el inicio de actividades se deben realizar a través de una Declaración Jurada Electrónica en la Carpeta Tributaria Electrónica del sitio web del SII.
Requisitos para personas jurídicas
Se debe incluir:
- Identificación de los representantes legales.
- Listado de socios o integrantes.
- Aportes de capital y otros datos relevantes.
Procedimientos especiales
Existen procesos simplificados para:
- Sociedades creadas bajo la Ley N° 20.659, donde el RUT se genera automáticamente.
- Inversionistas extranjeros, que pueden realizar el trámite por medio de bancos corresponsales o agentes responsables, según el artículo 66 bis del Código Tributario.
Cómo declarar el inicio de actividades
El aviso de inicio se presenta en línea e incluye:
- Datos del contribuyente.
- Descripción de las actividades económicas.
- Domicilio, contacto y capital inicial (en el caso de empresarios individuales).
En zonas sin acceso a Internet o afectadas por desastres, el trámite puede hacerse presencialmente en las oficinas del SII.
Corrección de errores
Si la solicitud está incompleta o presenta errores, el SII notificará al contribuyente, otorgando un plazo de 5 días hábiles para subsanar. De no hacerlo, se considerará desistida la solicitud.
Impacto de la resolución
Esta nueva normativa:
- Refuerza la digitalización de los trámites tributarios.
- Mejora el control fiscal y la trazabilidad de contribuyentes.
- Exige a inversionistas extranjeros designar un representante en Chile.
- Obliga a informar cambios societarios posteriores a la inscripción.
Vigencia
La resolución ya está vigente desde su publicación en el Diario Oficial.
📌 Fuente y más información en:
👉 Abogados Tributarios Chile
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