En el último año y medio, más de 470 mil contribuyentes no han realizado el Término de Giro a pesar de tener más de 18 meses de inactividad. Como consecuencia:
- 📌 El SII aplicó 46.649 multas, acumulando un total de $2.956.804.671 entre enero de 2023 y octubre de 2024.
- 📌 Con la nueva Ley N°21.713, se busca evitar la evasión fiscal y agilizar el proceso para micro y pequeñas empresas.
¿Qué es el Término de Giro y Quién Debe Hacerlo?
El Término de Giro es el proceso que deben realizar todos los contribuyentes que decidan cesar sus actividades.
- Plazo: Se debe realizar dentro de los 2 meses siguientes al cese de actividades.
- Revisión del SII: La entidad cuenta con 6 meses para revisar la solicitud y emitir la certificación final.
- Excepción: Las empresas del Régimen Propyme pueden acceder a un procedimiento especial más rápido.
Multas y Sanciones por No Declarar el Término de Giro
Según el SII, entre enero de 2023 y octubre de 2024:
- 🔹 470.000 contribuyentes inactivos por más de 18 meses no han informado su Término de Giro.
- 🔹 Solo 179.200 contribuyentes han cumplido con la presentación de este trámite.
- 🔹 Por presentarlo fuera del plazo, se han cursado 46.649 multas, superando los $2.900 millones.
- 🔹 Desde enero de 2023, el SII realizó Término de Giro por resolución a 208.600 contribuyentes con 36 meses de inactividad.
Cambios Claves en la Ley N°21.713 para 2024-2025
La nueva Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias introduce mejoras en el proceso de Término de Giro, incluyendo:
✅ Procedimiento Simplificado para Pymes
- Para empresas del Régimen Propyme General o Transparente.
- SII tendrá solo 1 mes para determinar impuestos adeudados.
- Una vez pagados, se emitirá el certificado de Término de Giro.
- La empresa deberá presentar una declaración de responsabilidad solidaria sobre impuestos adeudados.
✅ Nueva Facultad del SII para Finalizar el Proceso
- Si el contribuyente no entrega antecedentes solicitados, el SII puede rechazar la solicitud y cerrar el proceso.
- El SII otorgará 5 días para responder antes de la cancelación.
✅ Reducción del Plazo para el Término de Giro por Resolución
- Actualmente, se aplica a contribuyentes con 36 meses de inactividad.
- Desde mayo de 2025, este periodo se reducirá a 6 meses.
- El SII contactará a los contribuyentes inactivos antes de proceder.
¡Atento a los Plazos para Evitar Sanciones!
En caso de declaraciones falsas, el proceso será revisado nuevamente.
Si el SII no emite el cobro en 6 meses, la solicitud se entenderá aceptada.
Si surgen nuevos antecedentes, el plazo se podrá extender 3 meses.