Control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes
🔎 Puntos centrales de la resolución
- Factura solo cuando corresponda:
- Supermercados → solo si los productos tienen relación directa con el giro del comprador.
- Restaurantes → solo en consumos de negocio o trabajo (ej. almuerzo de oficina, cena de negocios).
- Para consumo personal o familiar → solo boleta.
- Requisitos para pedir factura:
- Presentar Cédula RUT Electrónica (e-RUT) autorizada.
- Mostrar Carné de Identidad para validar al portador.
- Indicar el motivo del gasto, que debe quedar escrito en la factura.
- Limitación de cajas en supermercados:
- Más de 10 cajas → solo un 10% puede emitir facturas.
- Menos de 10 cajas → máximo 1 caja puede emitir facturas.
- Excepción: supermercados que venden principalmente a comercios minoristas.
- Obligación de control interno:
Los locales deben capacitar a su personal, verificar identidad, controlar facturación y avisar con carteles al público.
⚖️ Sanciones
- Supermercados o restaurantes que den factura cuando no corresponde:
- Multa: 50% a 500% del monto (mínimo 2 UTM, máximo 40 UTA).
- Clausura: hasta 20 días.
- Si no cumplen otras exigencias de control:
- Multa: hasta el 100% de 1 UTA o hasta el triple del impuesto eludido.
- Clientes que pidan factura sin derecho:
- Multa: hasta 20 UTM.
💡 Mensaje político
El ministro Marcel y el SII remarcan que la “moral tributaria” no es solo para grandes empresas:
Se termina la clásica pregunta en caja: “¿boleta o factura?” → ahora será casi siempre boleta, salvo casos justificados.
Pequeñas evasiones sumadas → gran pérdida fiscal.
📌 Fuente y más información en:
👉 Abogados Tributarios Chile
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