Control al uso indebido de facturas

Control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes

🔎 Puntos centrales de la resolución

  • Factura solo cuando corresponda:
    • Supermercados → solo si los productos tienen relación directa con el giro del comprador.
    • Restaurantes → solo en consumos de negocio o trabajo (ej. almuerzo de oficina, cena de negocios).
    • Para consumo personal o familiar → solo boleta.
  • Requisitos para pedir factura:
    1. Presentar Cédula RUT Electrónica (e-RUT) autorizada.
    2. Mostrar Carné de Identidad para validar al portador.
    3. Indicar el motivo del gasto, que debe quedar escrito en la factura.
  • Limitación de cajas en supermercados:
    • Más de 10 cajas → solo un 10% puede emitir facturas.
    • Menos de 10 cajas → máximo 1 caja puede emitir facturas.
    • Excepción: supermercados que venden principalmente a comercios minoristas.
  • Obligación de control interno:
    Los locales deben capacitar a su personal, verificar identidad, controlar facturación y avisar con carteles al público.

⚖️ Sanciones

  • Supermercados o restaurantes que den factura cuando no corresponde:
    • Multa: 50% a 500% del monto (mínimo 2 UTM, máximo 40 UTA).
    • Clausura: hasta 20 días.
  • Si no cumplen otras exigencias de control:
    • Multa: hasta el 100% de 1 UTA o hasta el triple del impuesto eludido.
  • Clientes que pidan factura sin derecho:
    • Multa: hasta 20 UTM.

💡 Mensaje político

El ministro Marcel y el SII remarcan que la “moral tributaria” no es solo para grandes empresas:

Se termina la clásica pregunta en caja: “¿boleta o factura?” → ahora será casi siempre boleta, salvo casos justificados.

Pequeñas evasiones sumadas → gran pérdida fiscal.

📌 Fuente y más información en:
👉 Abogados Tributarios Chile
👉 Otras noticias sobre evasión fiscal

Control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes

Comparte este post en tus RRSS

Facebook
X
LinkedIn
Email
WhatsApp
Telegram
Print